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miércoles, 27 de febrero de 2013

Certificación energética de los edificios




A partir de la entrada en vigor de la nueva normativa en España todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deberán tener disponible para el comprador y/o inquilino este "certificado energético". sólo quedan excluidos los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año, entre otros
así, cada vivienda tendrá una etiqueta similar a las que ya se utilizan en los electrodomésticos y que indica lo eficiente que es en cuanto al consumo de energía. actualmente esta etiqueta ya se usa para las casas de nueva construcción y clasifica cada inmueble con un código de color según una escala que va de la categoría “a”  (la más eficiente) a la “g” (la menos eficiente)

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